Resistencia Pacífica del Pueblo Xinka de Guatemala

Publicado enero 12, 2021

Resistencia Pacífica del Pueblo Xinka de Guatemala

 

¿Cómo y por qué surge la Resistencia del Pueblo Xinka?

 

Recopilación histórica PAPXIGUA, 2020

 

El pueblo Xinka durante años ha defendido la tierra y los recursos naturales de la explotación del proyecto Minero El Escobal, ubicado en San Rafael Las Flores y propiedad de la empresa Pan American Silver PAS. La resistencia se debe a la instalación ilegal de la industria minera en el territorio,  contaminación de agua,  daño en la infraestructura de las viviendas,  represión en la reivindicación de  derechos, en especial el derecho a ser consultados.

Vecinos de comunidades cercanas recuerdan el enjambre de sismos ocasionados por las fuertes explosiones mineras en el 2017, incluso Juan Antonio Rodríguez de la Aldea El Volcancito, Casillas expreso: “Las explosiones eran tan grandes que desde San Rafael temblaba Casillas, los templos están rajados, las casas están rajadas…”. A raíz de ello, muchas familias se vieron obligadas a abandonar sus hogares, porque 71 de las 99 casas ubicadas en el sector fueron declaradas inhabitables.

Por este motivo, el 07 de junio del año 2017 decidieron integrar la Resistencia Pacífica del Pueblo Xinka con la participación de comunidades xinkas de Jalapa, Jutiapa y Santa Rosa. El propósito  fue exigir el reconocimiento de la identidad xinka en el territorio y  el derecho a la Consulta previa, libre e informada, apegada a estándares internacionales, tal y como lo establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Desde ese momento hasta la fecha, continúan instalados dos plantones permanentes  las 24 horas: uno en Casillas y otro en Mataquescuintla, para vigilar y evitar el ingreso de camiones que transporten combustible a las instalaciones del Proyecto Minero.  La  organización y la presión ejercida a través en la resistencia dio como resultado la Sentencia del 03 de septiembre de 2018, dentro del expediente 4785 – 2017, emitida por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala -CC-. 

 

La Sentencia Emitida por la Corte de Constitucionalidad:

La sentencia fue un logró trascendental del Pueblo Xinka, para fortalecer los derechos de los pueblos indígenas de Guatemala. Porque este documento emitido por la CC indica el procedimiento para  llevará a cabo el proceso de Preconsulta y Consulta, asimismo, prohíbe al Ministerio de Energía y Minas  autorizar licencias mineras sin  previa consulta sobre la viabilidad del proyecto. Además, asigna la función al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN- de realizar los estudios de impacto ambiental y cultural correspondiente, a fin de no violentar los derechos del pueblo Xinka de Guatemala.

Cabe mencionar que el proceso de reivindicación, lucha y resistencia no ha sido fácil, debido a que hermanos y hermanas  Xinkas han perdido la vida, han sido criminalizados y han sufrido atentados terroristas.

 

Atentados contra defensores del territorio:

El 27 de abril de 2013  enmarco el atentado terrorista hacia defensores xinkas de derechos territoriales. El exjefe de seguridad de la empresa minera, Alberto Rotondo, dio la orden de disparar a 7 compañeros que se encontraban afuera de las instalaciones mineras, suceso que aún sigue sin esclarecer justicia.

Una de las personas afectadas fue Luis Fernando García Monroy, quien en la actualidad enfrenta las secuelas del ataque armado. García  Monroy recibió varios impactos de bala, el proceso de recuperación ha sido complicado. Sin embargo,  sigue en pie de lucha para defender el territorio Xinka.

Hasta le fecha la lucha por el reconocimiento de derechos continúa con la finalidad de conservar las costumbres, tradiciones, identidad, cosmovisión y conocimiento ancestral xinka. Por lo que, la asesoría legal y acompañamiento del Parlamento del Pueblo Xinka de Guatemala PAPXIGUA, ha sido de importancia para lograr avances de visibilidad, mediante  la promoción de derechos culturales, espirituales, de cosmovisión y de organización propia de Pueblo Xinka.